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COMO OBTENER UNA TARJETA DE RESIDENCIA PARA EXTRANJEROS (TARJETA VERDE)

Las tarjetas de registración para extranjeros, son otorgadas a aquellas personas que han sido admitidas a los Estados Unidos como residentes permanentes, o han tenido un ajuste a su condicion que los convierte en residentes permanentes.

Esta tarjeta, a la cual se le refiere como "tarjeta verde", de aqui en adelante nos referimos a ella como "tarjeta de extanjero".

Esta tarjeta es prueba de condición legal de residente permanente en los Estados Unidos, y la poseción legal de esta tarjeta confiere todos los beneficios a que esa condicion de residente tiene derecho, bajo las leyes de inmigracion.

La ley requiere que usted este en poseción de su tarjeta de extranjero, en todo momento, ya que el no tenerla con usted le puede causar inconvenientes.

Usted debera recibir su tarjeta en aproximadamente seis meses despues de su entrada al pais, o seis meses despues del ajuste y cambio de su condición a residente permanente.

Mientras usted recibe su tarjeta, una prueba de su condición de residente permanente deberá ser sellada en su pasaporte o proveída por escrito, por el Departamento de Inmigración, en la forma que el departamento considere adecuada, por ejemplo una notación en la Forma I-94, la cual es una pequeña tarjeta blanca que es generalmente engrapada en su pasaporte.

Asegurese que usted tiene alguna prueba de su condición de inmigración, en caso que le pidan que verifique que es usted un residente permanente, o que esta autorizado a trabajar antes de que reciba su tarjeta de registro de inmigrante (tarjeta verde).

Todas las tarjetas de registro de extranjeros son procesadas y producidas en una instalación especial en la Ciudad de Arlington, Estado de Tejas.

La "Tarjeta de Extranjero" es una tarjeta pequeña, laminada color rosa, que contiene su foto, nombre, huellas digitales y otras informaciones de identificación.

Cuando reciba su tarjeta por favor examinela bien, para asegurarse de que toda la información es correcta.

Anote el numero de recibo de su tarjeta de registro de extranjero, de manera que si la tarjeta se pierde o le pasa alguna cosa, usted tendrá el numero disponible.

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Quién es elegible para recibir visa en los Estados Unidos?

La oficina de visas reemite visas a ciertas personas en la categorías 'E', 'H', 'I', 'L','O', o 'P'. Estas visas son para comerciantes bajo el Tratado e inversionistas, trabaja dores temporales, representantes extranjeros de los medios de comunicación, personas transferidas dentro de una misma empresa, personas con habilidades extraordinarias, y atletas, artistas y personas del espectáculo. Quizas usted haya oido que a estos servicios se le llama Renovación de Visa o Revalidación.

Para solicitar una reemisión de visa en los Estados Unidos, usted deberá enviar lo siguiente:

1. El pasaporte que contiene la visa anterior sellada E, H, I, L, O, o P, emitida por alguna oficina Consular Americana.

2. Una solicitud Forma OF-156 por cada solicitante.

3. La forma original I-94 válida. No se aceptan copias.

4. Una copia actual I-171 ¿Fee¿, o I-797 Aviso de Aprobación de Solicitud', si usted esta solicitando una visa H, L, O, o P.

5. Una carta detallada del patrón identificando a su empleado, la posición de este dentro de la empresa y su itinerario de viaje.

6. Un sobre con su propio domicilio y suficiente franqueo postal para regresar sus documentos.

Artículos enviados a través del Servicio Postal Americano, deberán ser enviados en un sobre grueso, incluyendo un sobre grueso con estampillas suficientes para regresarle sus documentos.

La documentación tambien puede ser enviada a través de servicios de mensajería al área y regresados a través del mismo conducto siempre y cuando usted incluya el boleto de reembolso.

Esta documentación deberá ser enviada a:

Department of State Visa Services

Road 1500

2401 'E' Street NW

Washington, D. C. 20522'0113

Por favor permita 6 semanas para este proceso.

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COMO SOLICITAR EL REEMPLAZO DE UNA TARJETA DE RESIDENCIA

Solo los residentes permanentes legales pueden solicitár una sustitución de una tarjeta de residencia.

Las razones mas comunes para solicitar el reemplazo de una tarjeta de residencia, son las siguientes:

1. La tarjeta original ha sido perdida, destruida, mutilada o robada;

2. La persona se ha casado, divorciado, o por cualquier otra razon se ha cambiado de nombre ;

3. La persona ha cumplido los catórce años de edad y por requisito legal tiene que registrarse, le tomaran su huellas digitales y se le dará una nueva tarjeta;

4. Si recibe una tarjeta con información incorrecta;

5. Si la tarjeta de residencia nunca fue recibida por correo, de la oficina de inmigración.

Para solicitar para el reemplazo de su tarjeta de residencia, la persona tiene que presentar la Forma I-551, titulada "Solicitud de una Persona Residente Legal Para el Recibo de una Tarjeta de Registracion de Extranjero".

Después que reciba la I-90, la persona debe de leer cuidadosamente las instrucciones antes de contestár pregunta alguna.

Por favor preste atención al costo requerido, los requisitos de huellas digitales, las fotografias que se requieren, y los documentos necesarios para un cambio de nombre, o un cambio de fecha de nacimiento.

Sin embargo, si usted esta solicitando un cambio de nombre, usted debe saber que no existe requisito legal para que usted cambie su nombre en su tarjeta de residencia.

Cuando complete la Forma I-90, tiene que ser presentada EN PERSONA en la oficina de inmigracion mas cercana a la residencia de la persona, acompañada de todos los documentos y fotografias requeridas.

Esta solicitud NO SERÁ aceptada ni procesada por correo, por el servicio de inmigración.

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SI USTED NUNCA RECIBI SU TARJETA DE RESIDENCIA

La razón mas común de no recibir la tarjeta de registro de extranjero (tarjeta de residencia) es que la persona se ha mudado y no ha dejado su nueva dirección para remitir correspondencia, o una dirección incompleta; o que el o ella nunca vivió en la dirección indicada en su visa de inmigrante, y que fue dada al inspector de inmigración cuando el inmigrante entró a los Estados Unidos.

Aunque se le haya dicho a usted, que recibiria su tarjeta en aproximadamente ocho semanas, esto es usualmente muy poco tiempo para ello.

Todas las tarjetas de residencia son producidas en una instalación especial en la ciudad de Arlington, Estado de Texas.

Debido al número de tarjetas que se procesan, ocurren demoras.

Usted no debe de preocuparse por esta demora, hasta que hayan pasado cinco semanas despues de la fecha en que debería de recibir su tarjeta, que es cuando usted debe de ponerse en contacto con la oficina de inmigración que tiene jurisdicción sobre su residencia.

Usted debe pedir que la Forma G-731, "Indagación Sobre el Estado de la Solicitud I-551 Recibo de Tarjeta de Registro de Extranjero", le sea mandada por correo, esto se hace utilizando el procedimiento que se explicará al final de este mensaje.

Una vez que usted reciba la Forma G-731, léa cuidadosamente las instrucciones antes de contestar pregunta alguna.

Una vez que llene la forma, envíela por correo a la dirección indicada en la forma.

No hay costo alguno para presentar la Forma G-731.

Si usted, o la oficina de inmigración donde usted presentó su Forma G-731 son notificados que no se puede localizar ningún expediente sobre su tarjeta de residencia, usted tendrá que presentár la Forma I-90, "Solicitud de un Residente Legal Para Recibo de Tarjeta de Registro de Extranjero, Forma I-155".

Y como dijimos anteriormente, usted puede obtener esa forma en persona o por telefono.

Sin embargo, cuando usted complete la Forma I-90, debe de ser llevada a la oficina de inmigración que tiene jurisdicción sobre su area de residencia, en persona.

Esta forma no puede ser procesada si la manda por correo.

Si le resulta a usted necesario presentár la Forma I-90, favor de llamar nuevamente y escuche el mensaje "Preguntele a Inmigración", mensaje número 402, "Como Solicitar el Reemplazo de una Tarjeta de Residencia (Tarjeta Verde)"

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RESIDENTES PERMANENTES QUE SALEN DE LOS ESTADOS UNIDOS

En su calidad de residente permanente, usted puede viajár fuera de los Estados Unidos, y puede estár ausente por un máximo de un a±o, y todav a ser re-admitido en los Estados Unidos usando su I-151 o I-551, "Recibo de Tarjeta de Registracion de Extranjero", sin necesidad de que obtenga usted una visa. Sin embargo si usted cree, o piensa que necesitará permanecer fuera de los Estados Unidos por más de un a±o, usted debe de solicitár al servicio de inmigracián un permiso de retorno, cuarenta y cinco (45) dias antes de su partida, para poder ser re-admitido en los Estados Unidos.

Cuando usted regrese a los Estados Unidos, usted estará sujeto a una inspeccion rutinaria, y usted deberá ser encontrado elegible para ser re-admitido como residente permanente, aunque usted ya se encuentre en posesi n de un permiso válido de retorno.

La forma que usted debe de presentár al departmento de inmigraci n, para solicitar el permiso de retorno, es Forma I-131, "Solicitud para Recibir Permiso de Retorno a los Estados Unidos".

Esta Forma I-131, se puede obtener muy simplemente, siguiendo las instrucciones de obtener formas indicado al final de este mensaje.

Para que la forma le sea mandada por correo, favor de dar su nombre completo, y su direccion completa.

Cuando reciba la Forma I-131, favor de leer la hoja de instrucciones y la solicitud cuidadosamente antes de contestar las preguntas.

Si usted y varios miembros de su familia piensan viajar, debe de llenarse una solicitud por separado, por cada persona.

Si usted está en posesion de un permiso de retorno o un documento de viaje de refugiado, este documento deberá ser devuelto al servicio de inmigraci n, antes de que uno nuevo pueda serle emitido.

Aunque la Forma I-131 puede ser presentada por correo, usted notará bajo el punto numero tres de la hoja de instrucciones, que se requiere que usted presente su recibo de tarjeta de registro de extranjero, con su solicitud.

Usted puede presentar una copia de su recibo de tarjeta de registro de extranjero, Forma I-551.

De esta manera se evitará el riesgo que su tarjeta se pierda o se mande a una direccion erronea por el correo.

Si por alguna razon, usted no tiene el recibo de tarjeta de registro de extranjero, usted debe de completar la Forma I-90, "Solicitud de un Residente Permanente Legal Para Recibir Una Nueva Tarjeta de Registro de Extranjero", y presentarla junto con la Forma I-131.

La I-90, puede ser pedida junto con la I-131. Para informaci n de como llenar la I-90, por favor seleccione y lea "Preguntele a Inmigraci n", "Solicitando el Reemplazo de una Tarjeta de Residencia (Tarjeta Verde) Para Extranjero".

Hay un costo no reembolsable, para presentar la Forma I-131.

Este costo no sera reembolsado a usted, sin importar si su solicitud es aprovada o negada. Cada solicitud I-131, individualmente esta sujeta al costo mencionado, y el pago deberá hacerce en forma de cheque o giro postal, a la orden del Departamento de Servicio de Inmigraci n y Naturalizaci n.

Las fotografias que se requieren esta explicado en el punto numero cinco de las instrucciones de la Forma I-131.

Quiza usted deber a de llevar esas instrucciones referente a las fotografias, cuando vaya a tomarse las fotos; de esta manera no habrá confusion hacerca de los requisitos de las fotos.

Si es necesario que usted presente documentos de confirmaci n o respaldo con la Forma I-131, usted ahora puede presentar copias legibles; y cualquier documento presentado en otro idioma que no sea ingles, tiene que estar acompa±ado por una traducci n al ingles certificada.

Si tiene usted dificultad en preparar la Forma 131, usted puede pedirle a alguien que le ayude, por ejemplo un familiar o amigo, con la condicion de que ellos firmen y pongan fecha en la forma, tal como lo requiere el punto n mero diez y siete, de la solicitud.

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